Decisión de Ejecución (UE) 2026/526 de la Comisión, de 4 de marzo de 2026, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447, sobre medidas de emergencia en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 259, apartado 1, letra c),

Considerando lo siguiente:

(1) La gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) es una enfermedad vírica infecciosa de las aves que puede tener consecuencias graves en la rentabilidad de la cría de aves de corral, al perturbar el comercio dentro de la Unión y las exportaciones a terceros países. Los virus de la GAAP pueden infectar a las aves migratorias, que, a su vez, pueden propagar estos virus a largas distancias durante sus migraciones de otoño y primavera. Por tanto, la presencia de virus de la GAAP en aves silvestres constituye una amenaza continua de introducción directa e indirecta de estos virus en establecimientos en los que se crían aves de corral u otras aves cautivas. En caso de producirse un brote de GAAP en tales establecimientos, existe el riesgo de que el agente patógeno se propague a otros establecimientos de este tipo.

(2) El Reglamento (UE) 2016/429 establece el marco legislativo para la prevención y el control de las enfermedades transmisibles a los animales o a los seres humanos. La GAAP se considera una «enfermedad de la lista», según la definición que figura en dicho Reglamento, y está sujeta a las normas de prevención y control de enfermedades que se establecen en él. Además, el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión (2) completa el Reglamento (UE) 2016/429 en lo referente a las normas para la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista, incluida la GAAP. En particular, el artículo 21 de dicho Reglamento Delegado establece que, en caso de que se produzca un brote de una enfermedad de la categoría A en un establecimiento, la autoridad competente debe establecer inmediatamente una zona restringida que conste de una zona de protección, una zona de vigilancia y, si fuera necesario, de otras zonas restringidas adyacentes o en torno a las zonas de protección y de vigilancia.

(3) La Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 de la Comisión (3), que se adoptó sobre la base del Reglamento (UE) 2016/429, establece medidas de emergencia a nivel de la Unión en relación con los brotes de GAAP.

(4) En particular, el artículo 2, letra a), el artículo 3, letra a), y el artículo 4, letra a), de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 establecen, respectivamente, que, a raíz de la aparición de brotes de GAAP, las zonas de protección y de vigilancia y otras zonas restringidas que deben establecerse de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, deben abarcar, como mínimo, las superficies que figuran como zonas de protección y de vigilancia y otras zonas restringidas en el anexo de dicha Decisión. El artículo 2, letra b), el artículo 3, letra b), y el artículo 4, letra b), de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 establecen también que las medidas que deben aplicarse en las zonas de protección y de vigilancia y otras zonas restringidas, de conformidad con dicho Reglamento Delegado, deben mantenerse al menos hasta las fechas establecidas en el anexo de la mencionada Decisión de Ejecución.

(5) El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 se ha modificado recientemente mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2026/453 de la Comisión (4) a raíz de la aparición de brotes de GAAP en establecimientos en los que se crían aves de corral u otras aves cautivas en Chequia, Dinamarca, Francia, los Países Bajos y Polonia.

(6) Desde la fecha de adopción de la Decisión de Ejecución (UE) 2026/453, Chequia, Dinamarca, Alemania, Hungría, los Países Bajos, Polonia y Eslovaquia han notificado a la Comisión nuevos brotes de GAAP en establecimientos en los que se crían aves de corral. En particular, estas notificaciones se referían a un brote en aves cautivas en la región de Pardubice y dos brotes en aves de corral en la región de Hradec Králové (Chequia), dos brotes en aves de corral en la región de Selandia (Dinamarca), dos brotes en aves de corral en los estados federados de Brandemburgo y Turingia (Alemania), un brote en el condado de Csongrád-Csanád (Hungría), dos brotes en aves de corral en las provincias de Groninga y Güeldres (Países Bajos), cuatro brotes en aves de corral en los voivodatos de Kuyavia-Pomerania, Lublin y Warmia-Mazuria (Polonia) y un brote en aves de corral en la región de Trnava (Eslovaquia).

(7) Tras estos quince nuevos brotes, Chequia, Dinamarca, Alemania, Hungría, los Países Bajos, Polonia y Eslovaquia han adoptado las medidas de control de enfermedades exigidas de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, entre las que se encuentra el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia en torno a los brotes.

(8) Además, dado que el brote de GAAP en aves de corral en la región eslovaca de Trnava está situado muy cerca de la frontera con Austria, la zona de vigilancia de dicho brote establecido en Eslovaquia se ha tenido que extender al territorio de Austria. La autoridad competente de Austria ha colaborado debidamente con la autoridad competente de Eslovaquia y ha establecido la zona de vigilancia necesaria, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(8) Además, dado que el brote de GAAP en aves de corral en la región eslovaca de Trnava está situado muy cerca de la frontera con Austria, la zona de vigilancia de dicho brote establecido en Eslovaquia se ha tenido que extender al territorio de Austria. La autoridad competente de Austria ha colaborado debidamente con la autoridad competente de Eslovaquia y ha establecido la zona de vigilancia necesaria, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(9) Tal como se indica en la Decisión de Ejecución (UE) 2026/107 de la Comisión (5), Bulgaria ha notificado a la Comisión el brote BG-HPAI(P)-2026-00001, situado en la provincia de Plovdiv. Algunas medidas que el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 exige aplicar antes de poner fin a la zona de vigilancia establecida por Bulgaria respecto a ese brote se han completado en un período de tiempo más largo de lo previsto inicialmente. Por consiguiente, la duración de las medidas aplicables en la zona de vigilancia establecida por la autoridad competente de Bulgaria respecto al brote BG-HPAI(P)-2026-00001 debe ampliarse de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(10) Además, tal como se indica en la Decisión de Ejecución (UE) 2026/396 de la Comisión (6), Bulgaria notificó a la Comisión el brote BG-HPAI(P)-2026-00003, situado en la provincia de Pleven, y Polonia notificó a la Comisión el brote PL-HPAI(NON-P)-2026-00016, situado en el voivodato de Pomerania Occidental, y los brotes PL-HPAI(NON-P)-2026-00027 y PL-HPAI(NON-P)-2026-00031, situados en el voivodato de Kuyavia-Pomerania. Asimismo, tal como se indica en la Decisión de Ejecución (UE) 2026/332 de la Comisión (7), Italia ha notificado a la Comisión el brote T-HPAI(P)-2026-00009, situado en la región de Toscana. Algunas medidas que los artículos 39 y 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 exigen aplicar antes de poner fin a las zonas de protección y de vigilancia establecidas por Bulgaria, Italia y Polonia respecto a esos brotes se han completado más tarde de lo previsto y, por tanto, la duración de las medidas aplicables en las zonas de protección y de vigilancia establecidas por las autoridades competentes de Bulgaria, Italia y Polonia respecto a esos brotes debe ampliarse de conformidad con los artículos 39 y 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(11) La Comisión ha examinado las medidas de control de la enfermedad adoptadas por Chequia, Dinamarca, Alemania, Hungría, los Países Bajos, Austria, Polonia y Eslovaquia, y considera que los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas por estos Estados miembros respecto a esos nuevos brotes se encuentran a una distancia suficiente de los establecimientos en los que se han confirmado los brotes de GAAP.

(12) Con objeto de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y de evitar cualquier interrupción injustificada del comercio por parte de terceros países, es preciso describir rápidamente a nivel de la Unión, en colaboración con Chequia, Dinamarca, Alemania, Hungría, los Países Bajos, Austria, Polonia y Eslovaquia, las zonas de protección y de vigilancia establecidas por esos Estados miembros de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(13) Por consiguiente, deben modificarse las superficies que figuran como zonas de protección y de vigilancia en Chequia, Dinamarca, Alemania, Hungría, los Países Bajos, Polonia y Eslovaquia en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447, a fin de tener en cuenta los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas por esos Estados miembros a raíz de los nuevos brotes de GAAP en su territorio, así como la duración requerida de las medidas que deben aplicarse en tales zonas, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(14) Además, deben modificarse las fechas hasta las que deben aplicarse las medidas en la zona de vigilancia establecida por Bulgaria respecto al brote BG-HPAI(P)-2026-00001, y en las zonas de protección y de vigilancia establecidas por Bulgaria respecto al brote BG-HPAI(P)-2026-00003, por Italia respecto al brote IT-HPAI(P)-2026-00009 y por Polonia respecto a los brotes PL-HPAI(NON-P)-2026-00016, PL-HPAI(NON-P)-2026-00027 y PL-HPAI(NON-P)-2026-00031, tal como se indican en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447, para tener en cuenta la ampliación de la duración de las restricciones.

(15) Asimismo, las superficies objeto de una zona de vigilancia en Austria deben incluirse también en la lista de zonas restringidas establecidas en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 para tener en cuenta los límites de dicha zona establecida por Austria a raíz del reciente brote de GAAP en Eslovaquia, así como la duración requerida de las medidas que deben aplicarse en la mencionada zona, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687.

(16) Procede, por tanto, modificar el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 en consecuencia.

(17) Dada la urgencia de la situación epidemiológica en la Unión por lo que respecta a la propagación de la GAAP, es importante que las modificaciones introducidas en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2447 mediante la presente Decisión surtan efecto lo antes posible.

(18) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

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